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A diferencia de lo que sucede en el resto del Estado, la Hacienda Foral en Navarra está considerando como rendimientos de trabajo a efectos fiscales las prestaciones por maternidad y paternidad, tanto las que paga la Seguridad Social como las que paga el Gobierno de Navarra, conforme a lo que establece la legislación navarra actualmente.
En este sentido, tras la sentencia dictada en octubre de 2018 por la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en que declara a dichas prestaciones como rentas exentas de IRPF y como paso previo a una reclamación posterior, para iniciar la vía administrativa, desde CSIF hemos preparado los modelos de reclamación para la rectificación de las liquidaciones tributarias.
Por ello, los interesados en reclamar e iniciar la vía administrativa, podéis poneros en contacto con nosotros, para que os informemos del modo de llevarlo a cabo.
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