- Nacional
- Andalucía
- Aragón
- Baleares
- Canarias
- Cantabria
- Castilla La Mancha
- Castilla y León
- Cataluña
- Ceuta
- Comunidad de Madrid
- Comunidad Valenciana
- Extremadura
- Galicia
- La Rioja
- Melilla
- Navarra
- País Vasco
- Principado de Asturias
- Región de Murcia
Ayuda de Minusválidos: todos los solicitantes que han superado la fase de baremación son
beneficiarios de esta ayuda de acuerdo al objeto del programa, que es el siguiente:
GRADO DE MINUSVALÍA CUANTÍA DE LA AYUDA
De 33% a 50% 989 €
De 51% a 75% 1.155 €
De 76% a 100% 1.319 €
Ayuda de Hijos: todos los solicitantes que han superado la fase de baremación son beneficiarios
de esta ayuda, siendo la cuantía de las ayudas la siguiente:
Por un hijo: 396 €.
Por dos hijos o más: 558 €.
Ayuda de Estudios: todos los solicitantes que han superado la fase de baremación son
beneficiarios de esta ayuda, con el límite señalado en el objeto del programa de 396 €.
Ayuda Sanitaria: todos los solicitantes que han superado la fase de baremación son beneficiarios
de esta ayuda, con el límite señalado en el objeto del programa de 396 €.
Ayuda de Transportes: todos los solicitantes que han superado la fase de baremación son
beneficiarios de esta ayuda por un importe de 222 €.
Contra la citada Resolución podrá interponerse, a partir del día siguiente de su publicación
(2 de diciembre de 2011), potestativamente recurso de reposición ante esta Dirección General en
el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia en
cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o en el de la sede de este Órgano, a su
elección, en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.