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En el contrato de trabajo que los ciudadanos han firmado accediendo a un trabajo a través del Plan de Empleo de la Delegación del Gobierno indica claramente en su artículo SEXTO que, “En el caso de los/las trabajadores de los centros educativos de la ciudad, las vacaciones estarán sometidas a lo que determine el calendario escolar” algo que entendemos desde CSIF, se vulnera al obligar a dichos empleados a asistir a un curso en días libres y/o festivos incluidos en el calendario escolar aprobado.
Dicho contrato establece que las vacaciones serán de 22 días hábiles durante el año conforme al tiempo trabajo pero, en el caso de los trabajadores de los centros educativos establece un régimen distinto y particular ya que las mismas, estarán sometidas a lo que se determine en el calendario escolar.
Es por ello que desde CSIF hemos instado a la UPD y por ende, a la Delegación del Gobierno de Ceuta a trasladar dicho curso de formación a otros días no considerados festivos y/o libres en el calendario escolar ya que en el caso de no hacerlo, la Delegación del Gobierno estaría incumpliendo los contratos firmados y además, deberán compensar adecuadamente el trabajo extra realizado conforme a la normativa oportuna.