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La Administración nos ha contestado que ante las consultas efectuadas por algunos de vosotros sobre la situación en que se encuentran los funcionarios interinos una vez cesados en sus puestos, y en relación con la liquidación de los días de vacaciones, y consultado el tema con los servicios jurídicos reglamentarios, os informamos:
Una vez que se cesa al funcionario interino, éste pierde toda relación con la Administración, por lo que "queda libre" a efectos de otros posibles trabajos públicos o privados. Con el propio cese, lo que hace la Consejería es una liquidación por vacaciones no disfrutadas, NO una prórroga de nombramiento por esas vacaciones a las que se pudiera tener derecho.
Sede Albacete: 967240072 - ense02@csif.es
Sede Ciudad Real: 926213214 - ense13@csif.es
Sede Cuenca: 96924 00 83 - ense16@csif.es
Sede Guadalajara: 949247401 - ense19@csif.es
Sede Toledo: 925226512 Ext: 210 - ense45@csif.es
Sede Talavera: 925824572 - ense45.talavera@csif.es
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